09 Dic Comunidades protegidas
Daños imprevistos en la zona común, como la aparición de goteras o una baldosa suelta que provoca un accidente, pueden acarrear grandes gastos. Por ello se recomienda contratar un seguro de comunidades de vecinos
La rotura de una caldera, filtraciones en la terraza o un ascensor estropeado provocan que una comunidad que carece de seguro o que no está suficientemente asegurada tenga que hacer frente a una cuantiosa derrama para pagar los desperfectos.
Esto puede dar lugar a situaciones críticas para muchos inquilinos, ya que se trata de daños con los que no contaban y que pueden perjudicar seriamente a su economía, dando lugar en muchas ocasiones a discusiones entre los interesados.
Por eso, son muchas las comunidades que contratan seguros para cubrir los riesgos comunitarios que puedan producirse, y así vivir más tranquilos. Se trata de pólizas con multitud de coberturas posibles, lo cual exige valorar en las necesidades de la comunidad en detalle, antes de dar ningún paso. Un dato a tener en cuenta es que el mayor número de percances se producen en edificios de entre 10 y 20 años de antigüedad y que uno de los más frecuentes son los daños por agua. Lo más habitual es que las comunidades contraten los seguros de incendios y de responsabilidad civil. Por su parte, el seguro de hogar que se les ofrece resulta de utilidad para proteger a los propietarios de posibles siniestros en zonas comunes, o en la gestión de la comunidad.
Este seguro complementaría aquellas contingencias que no llega a cubrir el seguro de hogar de cada propietario o el de comunidades de vecinos, si bien existen también seguros comunitarios que cubren siniestros en la propiedad privada.
Pero si se trata de ampliar coberturas, los seguros multirriesgo son los más demandados. Un seguro cuyo objeto es una construcción, o conjunto de construcciones, propiedad de varias personas o sociedades tanto de uso propio como para arrendamiento, que cubre la totalidad del edificio, incluyendo zonas comunitarias y anexos, piscinas o zonas de juego como las privativas, aparcamientos y jardines.
De este modo, el seguro multirriesgo permite a las comunidades protegerse frente a imprevistos de tipología variada, como rotura de cristales, daños por agua (goteras), daños eléctricos, robo, averías de maquinaria, control de plagas, reconstrucción estética del edificio… Además, ofrece garantías de responsabilidad civil, de defensa jurídica (asesoramiento jurídico, defensa y reclamación de derechos relativos al edificio, reclamación de contratos de servicios o de compra de bienes muebles, en cuestiones administrativas municipales), y también garantías de asistencia en el edificio (envío de reparadores en caso de siniestro o para la protección del edificio en temas de fontanería, electricidad, cristalería, cerrajería y portería automática o servicio de conexión con profesionales para reparaciones no cubiertas por la póliza u obras de mantenimiento o reforma en el edificio).
En cualquier caso, para saber qué coberturas necesita una comunidad, lo mejor es comparar diferentes alternativas, no solamente fijándose en los precios, sino también en las prestaciones. Sí debemos tener en cuenta que en la Ley de Propiedad Horizontal no se establece que sea obligatorio contratar un seguro para el edificio, aunque en ciertas comunidades autónomas sí se obliga a su contratación.
En Navarra, la Administración establece que “Es ‘conveniente’ que la Comunidad de Propietarios contrate un seguro de responsabilidad básico destinado a cubrir los daños producidos en los elementos fijos de un edificio y sus instalaciones y los que se puedan producir a otras personas ajenas a la Comunidad (seguro de responsabilidad civil), así como un seguro de incendios”.
Publicado en DIARIO DE NAVARRA. SUPLEMENTO COMERCIAL SERVICIOS A COMUNIDADES DE VECINOS